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Registro Oficial del día: COSEDE reforma manual operativo del fideicomiso del Seguro de Depósitos para entidades del sector financiero privado
Mediante resolución COSEDE-COSEDE-2025-0078-R, publicada en el Registro Oficial Primer Suplemento No. 118 del 5 de septiembre de 2025, la Gerencia General de la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados incorporó nuevas disposiciones al Manual Operativo del Fideicomiso del Seguro de Depósitos para entidades del sector financiero privado, con énfasis en la gestión de inversiones vencidas e incobrables.
Contexto legal del hecho
La reforma se enmarca en lo dispuesto por el Código Orgánico Monetario y Financiero, en particular los artículos 79, 80, 319 al 327, que regulan la estructura, funciones y gestión del Seguro de Depósitos en Ecuador. Este instrumento es administrado por la COSEDE mediante fideicomisos constituidos en el Banco Central del Ecuador, conforme a lo previsto en el artículo 324 del mismo cuerpo legal.
El Manual Operativo regula los procedimientos de administración y control de estos recursos públicos, con base en las competencias que el artículo 91 del Código otorga a la Gerencia General de la COSEDE, incluida la aprobación de manuales e instructivos internos.
Contenido o disposición principal
La resolución reforma el Manual vigente —aprobado mediante resolución COSEDE-COSEDE-2025-0042-R— para incorporar el numeral 4.5, bajo el título “Constitución de provisiones por incobrabilidad de inversiones vencidas de emisores en proceso de disolución y liquidación”.
El nuevo numeral establece un procedimiento detallado que debe seguir el Administrador Fiduciario para reconocer contablemente las inversiones vencidas y no pagadas, incluyendo:
Verificación de la resolución de disolución inscrita en el Registro Mercantil.
Emisión de un informe técnico justificativo.
Aprobación por parte del Representante Legal del fideicomiso.
Registro contable de la provisión por incobrabilidad.
Comunicación formal a la COSEDE.
Por su parte, la COSEDE deberá conocer y validar dichos registros e informes, con el objetivo de reforzar la transparencia y la gestión de riesgo.
Implicaciones prácticas o destinatarios
Esta reforma afecta directamente a las entidades del sector financiero privado cuyos recursos forman parte del fideicomiso administrado por la COSEDE, así como al Banco Central del Ecuador en su rol de administrador fiduciario. El procedimiento tiene implicaciones contables y operativas para la gestión de cartera vencida y deteriorada, especialmente en casos de emisores en liquidación.
La modificación normativa entró en vigor a partir del 29 de agosto de 2025, fecha de expedición de la resolución, y busca garantizar una administración más rigurosa y técnica de los fondos destinados a cubrir los depósitos asegurados.
Fuente: Registro Oficial Primer Suplemento No. 118 del 5 de septiembre de 2025