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Registro Oficial del día: deducción del 150% de Impuesto a la Renta de Gastos a favor de Deportistas
El Ministerio de Deporte expidió la Codificación de la norma para la calificación de prioridad, así como para la emisión de la certificación de beneficiarios que pueden acogerse a la deducción del ciento cincuenta por ciento (150%) adicional para el cálculo de la base imponible del impuesto a la renta de los gastos de publicidad, promoción y patrocinio, realizados a favor de deportistas y programas, proyectos o eventos deportivos.
La presente norma regula el proceso de calificación de prioridad y certificación de beneficiarios que pueden acogerse a la deducción del 150% adicional para el cálculo de la base imponible del impuesto a la renta de los gastos de patrocinio, promoción o publicidad realizados a favor de deportistas, así como de los organizadores de programas y/o proyectos deportivos, en cumplimiento a lo establecido en la Ley de Régimen Tributario Interno y su Reglamento de aplicación. El proceso de calificación se realizará tomando en cuenta la planificación estratégica del Ministerio del Deporte; mientras que el proceso de certificación se ejecutará considerando el monto anual autorizado en el dictamen emitido por el ente rector de Economía y Finanzas Públicas.
El objeto del presente Acuerdo es normar los límites, condiciones, procedimiento, requisitos y demás criterios, que deberán cumplir los/las deportistas y organizadores de los programas y/o proyectos deportivos, para la calificación de prioridad y certificación de beneficiarios que pueden acceder al incentivo tributario mencionado en el párrafo precedente.