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Registro Oficial del día: Ecuador autoriza inicio de negociaciones para un Tratado Bilateral de Inversiones con Emiratos Árabes Unidos
El Comité de Comercio Exterior (COMEX) emitió, mediante Registro Oficial Año l Primer Suplemento No. 48 del 29 de mayo de 2025, una resolución en la cual aprueba el inicio de negociaciones entre la República del Ecuador y Emiratos Árabes Unidos, con miras a suscribir un Tratado Bilateral de Inversiones (TBI). Esta decisión fue adoptada en la sesión del 13 de mayo de 2025 y entra en vigencia desde esa fecha.
Contexto legal del hecho
La resolución se enmarca en lo dispuesto por la Constitución de la República del Ecuador, el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI), el Plan Nacional de Desarrollo y otras normas jurídicas aplicables en materia de comercio e inversión. En particular, se establece que el proceso deberá respetar las disposiciones contenidas en el Título III del Libro IV del COPCI, así como las normas de la Organización Mundial de Comercio (OMC).
Contenido o disposición principal
Según el artículo 1 de la resolución, se emite dictamen favorable para que Ecuador inicie las negociaciones formales con Emiratos Árabes Unidos con el objetivo de concretar un Tratado Bilateral de Inversiones. El artículo 2 aclara que estas negociaciones deberán sujetarse al marco constitucional y legal vigente, sin limitar la aplicación de medidas amparadas en el COPCI ni de las normas OMC. En el artículo 3 se dispone que el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca comunique al COMEX la composición del equipo negociador designado para este proceso.
Alcance y disposiciones administrativas
La decisión habilita al Ejecutivo para entablar conversaciones formales con Emiratos Árabes Unidos, lo que podría derivar en la posterior firma y ratificación de un TBI, sujeto al cumplimiento del marco legal ecuatoriano. La resolución será publicada en el Registro Oficial, aunque se establece que su entrada en vigencia es inmediata desde su adopción. El Ministerio de Producción liderará el proceso técnico, mientras que la Secretaría Técnica del COMEX se encargará de remitir el documento para su publicación oficial.
Fuente: Registro Oficial Año l Primer Suplemento No. 48 del 29 de mayo de 2025