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Registro Oficial del día: Junta de Política y Regulación Financiera reforma normas sobre fondos cotizados en el mercado de valores

jueves, 12 de junio de 2025

El 30 de mayo de 2025, la Junta de Política y Regulación Financiera aprobó la Resolución No. JPRF-V-2025-0157, publicada en el Registro Oficial Año l No. 58 del 12 de junio de 2025, mediante la cual se introducen reformas sustanciales a la normativa aplicable a los fondos cotizados de inversión en el mercado de valores ecuatoriano.

 

Contexto legal del hecho

La reforma se enmarca en las competencias de la Junta de Política y Regulación Financiera, conforme al marco jurídico del mercado de valores establecido en la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros. Esta codificación contiene las disposiciones regulatorias aplicables a la constitución, operación, inscripción y supervisión de los instrumentos y entidades que participan en el mercado de valores, incluyendo los fondos de inversión cotizados.

 

Contenido o disposición principal

La resolución sustituye y amplía varias disposiciones del Libro II “Mercado de Valores” de la codificación vigente. Entre los principales cambios normativos se encuentran:

  • Artículo 8 (Sección II, Capítulo XI, Título II): establece que las nuevas emisiones de cuotas de fondos cotizados deberán ofrecerse al último valor vigente en procesos de oferta pública primaria.

  • Nuevo artículo 8.1: regula el procedimiento para nuevas emisiones de cuotas, exigiendo autorización de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, reforma al contrato constitutivo y presentación de un prospecto de oferta pública con requisitos detallados.

  • Artículo 3, numeral 4 (Sección I, Capítulo II, Título XII): se precisa la denominación de los fondos como administrado, colectivo o cotizado.

  • Artículo 6 (Sección II, Capítulo II, Título XII): se detallan los requisitos documentales para la inscripción de los fondos en el Catastro Público del Mercado de Valores, diferenciando las exigencias según el tipo de fondo.

  • Nueva Sección IX: se incorporan normas específicas para fondos cotizados, incluyendo el funcionamiento de las asambleas de aportantes, requisitos de convocatoria, conformación y atribuciones del Comité de Vigilancia, reformas al reglamento interno y sus limitaciones.

 

Implicaciones prácticas o destinatarios

Estas reformas impactan directamente a las sociedades administradoras de fondos y fideicomisos, inversionistas institucionales y a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros como entidad de control. Establecen procedimientos más rigurosos y transparentes para nuevas emisiones y para la gobernanza interna de los fondos cotizados.

La resolución tiene vigencia desde su fecha de expedición, es decir, el 30 de mayo de 2025, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Además, deberá ser difundida en el sitio web de la Junta de Política y Regulación Financiera dentro de los dos días siguientes a su expedición.

Fuente: Registro Oficial Año l No. 58 del 12 de junio de 2025