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Registro Oficial del día: Lineamientos para aplicar las disposiciones de la Ley de Alivio Financiero en Ecuador

lunes, 28 de abril de 2025

La Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT) expidió los “Lineamientos para la aplicación de las Disposiciones Transitorias Décima y Décima Primera de la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en el Ecuador”, a fin de regular los procedimientos de remisión de intereses, celebración de convenios de pago y condonación de deudas en programas de crédito educativo y becas.

Contexto legal del hecho

La Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en el Ecuador y su Reglamento establecen medidas excepcionales para beneficiar a deudores de créditos educativos y becarios, particularmente afectados por la morosidad y dificultades económicas. La SENESCYT, como órgano rector, emite estos lineamientos en ejercicio de sus competencias, complementando marcos legales como el Código Orgánico Administrativo y el Código de Procedimiento Civil.

Contenido o disposición principal

Los lineamientos regulan la aplicación inmediata y obligatoria de los beneficios de remisión de intereses, facilidades de pago y condonaciones. Se determina que podrán acogerse deudores principales, codeudores, garantes o responsables solidarios, siempre que presenten su solicitud en el plazo de 180 días desde la vigencia de la Ley. Se establece un periodo de gracia de 12 meses sin generación de intereses y un periodo de pago adicional de 150 días. Además, se especifican tablas de financiamiento diferenciadas para programas de becas nacionales, internacionales y créditos educativos, y las condiciones para suscribir convenios bajo los regímenes del Código de Procedimiento Civil o el Código Orgánico Administrativo.

Respecto a la condonación de deudas, se estipula un proceso basado en el levantamiento de registros oficiales o mediante solicitud del beneficiario, orientado a deudores con discapacidad o enfermedades catastróficas, huérfanas o raras, con un plazo máximo de 30 días para presentar documentación válida.

Implicaciones prácticas o destinatarios

Estos lineamientos aplican a la SENESCYT, las instituciones financieras públicas involucradas, y los deudores de créditos educativos y becas, incluyendo operaciones administradas por el Banco del Pacífico S.A. El beneficio alcanza a obligaciones vencidas tanto en procesos administrativos como coactivos. El cumplimiento de los requisitos establecidos permite el acceso a remisiones de intereses, reestructuraciones de deuda y condonaciones parciales o totales. La vigencia del acuerdo es inmediata desde su expedición el 8 de marzo de 2025, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Fuente: Registro Oficial No. 27 del 28 de abril de 2025.