El Ministerio de Gobierno expidió el Reglamento Interno de Manejo del Fondo Rotativo para la Adquisición de Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales, mediante el Acuerdo Ministerial Nro. MDG-2026-004, publicado en el Registro Oficial Año ll No. 270 del 22 de abril de 2026. Este cuerpo legal, suscrito por la ministra Lourdes Nataly Morillo Solórzano el 5 de marzo de 2026, tiene como objeto normar la creación, asignación y administración de un fondo destinado exclusivamente a la compra de boletos para el cumplimiento de las actividades de la entidad. El documento rige para los servidores públicos, trabajadores, edecanes y personal policial asignado a la seguridad de los funcionarios del Ministerio. El fondo cuenta con un monto referencial estimado de cien mil dólares para cubrir las necesidades desde marzo hasta diciembre del mismo año.
Contexto Normativo y Justificación Económica
La medida se fundamenta en las disposiciones del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas y del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, que permiten la compra directa en plataformas virtuales de aerolíneas o mediante planes corporativos. Los informes técnicos de la institución evidenciaron que la adquisición mediante intermediación de agencias de viaje superaba los precios directos de las aerolíneas, generando "un sobrecosto presupuestario que impacta de manera negativa en la optimización de los recursos institucionales". En virtud de estos antecedentes, se implementó la compra directa como alternativa para simplificar procesos, reducir tiempos de gestión y obtener mejores condiciones financieras para la cartera de Estado.
Condiciones para la Emisión de Boletos Aéreos
Los recursos asignados al fondo rotativo deben manejarse a través de una cuenta institucional en la banca pública y utilizarse exclusivamente para pagar los pasajes y los impuestos o tasas correspondientes. La reglamentación establece la prohibición expresa de comprar tiquetes en clase ejecutiva, determinando que los boletos se adquirirán únicamente en clase económica, a menos que el funcionario asuma directa y personalmente la diferencia del valor. El fondo también cubre gastos por penalidad, variación de tarifa o compra de nuevos tiquetes originados por necesidad institucional, caso fortuito o fuerza mayor, siempre que exista un informe debidamente justificado.
Proceso Administrativo y Uso de Plataformas Digitales
El procedimiento requiere que el responsable del fondo elabore un informe de necesidad validado con el Plan Operativo Anual de la Dirección Administrativa. Tras la autorización respectiva por parte de la máxima autoridad o su delegado, la gestión de servicios institucionales buscará en las plataformas virtuales las opciones de vuelo más convenientes a los intereses estatales y las remitirá al servidor requirente. Una vez que el solicitante confirme el itinerario en un plazo máximo de una hora, se procederá con la adquisición inmediata para evitar la pérdida de tarifas promocionales por demoras administrativas.
Controles Internos y Próximos Pasos en el Ministerio
El servidor designado para el manejo del fondo rotativo tiene la obligación de emitir un informe mensual documentado con facturas, notas de venta autorizadas, pases de abordar y demás respaldos originales. La Dirección Financiera realizará el control previo conforme a las Normas de Control Interno de la Contraloría General del Estado, antes de emitir la liquidación de las compras ejecutadas. Adicionalmente, la Coordinación General Administrativa Financiera implementará una matriz de monitoreo para garantizar que el dinero público se destine estrictamente a los fines dispuestos en la norma, cuyo acuerdo fue publicado oficialmente el 22 de abril de 2026.
Fuente: Registro Oficial Año ll No. 270 del 22 de abril de 2026.