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Registro Oficial del día: Ministerio de Salud Pública expide la Norma Técnica para la Prevención y Control de Infecciones Asociadas a la Atención en Salud

jueves, 25 de septiembre de 2025

El Ministerio de Salud Pública del Ecuador aprobó mediante Acuerdo Ministerial No. 00028-2025 la "Norma Técnica de Prevención y Control de Infecciones Asociadas a la Atención en Salud (PCIAAS)", publicada en el Registro Oficial Año l Segundo Suplemento No. 132 del 25 de septiembre de 2025. Esta normativa es de aplicación obligatoria en todo el Sistema Nacional de Salud.

 

Contexto legal del hecho

La normativa se expide en ejercicio de las competencias del Ministerio de Salud Pública como ente rector del Sistema Nacional de Salud, conforme a lo dispuesto en la Constitución de la República, la Ley Orgánica de Salud y demás normativa secundaria aplicable.

La elaboración de esta norma responde a compromisos internacionales asumidos por el Ecuador, entre ellos el Reglamento Sanitario Internacional (RSI) y las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para enfrentar amenazas sanitarias como infecciones nosocomiales y resistencia antimicrobiana.

 

Contenido o disposición principal

La norma establece lineamientos técnicos obligatorios para prevenir y controlar las Infecciones Asociadas a la Atención en Salud (IAAS) en todos los establecimientos de salud del país. Se estructura en los siguientes ejes principales:

  • Definición de gobernanza y estructura funcional en los niveles nacional, zonal y local.

  • Responsabilidades del equipo técnico de prevención, comités y profesionales de apoyo como epidemiólogos, microbiólogos y farmacéuticos.

  • Componentes clave como vigilancia epidemiológica, protocolos institucionales, capacitación del personal, gestión de infraestructura, monitoreo, y uso racional de antimicrobianos.

  • Indicadores para el seguimiento, evaluación y mejora continua.

  • Fases de implementación progresiva en los distintos niveles del Sistema Nacional de Salud.

Esta norma deroga y reemplaza lineamientos previos emitidos desde 2006, integrando experiencias nacionales e internacionales para actualizar el marco técnico de control sanitario.

 

Ámbito de aplicación y procedimiento de implementación

El cumplimiento es obligatorio para todos los actores del Sistema Nacional de Salud, incluidos establecimientos públicos, privados y de seguridad social. La implementación se realizará de forma progresiva, bajo supervisión del Ministerio de Salud Pública y sus instancias desconcentradas.

Cada establecimiento debe conformar un equipo técnico operativo responsable de aplicar la normativa, desarrollar planes anuales, registrar indicadores de vigilancia y participar en procesos de evaluación. Además del acompañamiento técnico de comités nacionales y zonales, así como mecanismos de reporte obligatorio y auditoría sanitaria.

Fuente: Registro Oficial Año l Segundo Suplemento No. 132 del 25 de septiembre de 2025