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Registro Oficial del día: Ministerio del Ambiente Expide el Nuevo Reglamento Ambiental de Actividades Mineras

martes, 10 de junio de 2025

El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica ha expedido el Reglamento Ambiental de Actividades Mineras (RAAM), publicada en el Registro Oficial Año l Segundo Suplemento No. 56 del 10 de junio de 2025, una normativa crucial para promover el desarrollo sustentable de la minería a nivel nacional. Este reglamento establece disposiciones, procedimientos y requisitos estrictos para prevenir, minimizar, evitar y controlar los impactos negativos de las operaciones mineras, así como para definir las medidas de rehabilitación y reparación de los espacios naturales que puedan resultar degradados.

 

Contexto Legal y Ámbito de Aplicación

Este nuevo reglamento, de cumplimiento obligatorio en todo el territorio nacional, se aplica a personas naturales y jurídicas, tanto nacionales como extranjeras, y abarca entidades públicas, mixtas, privadas, comunitarias, de autogestión y de la economía popular y solidaria. Su alcance cubre la gestión ambiental en todas las fases de las actividades mineras, incluyendo exploración, explotación, beneficio, fundición, refinación y cierre de minas.

La regulación es aplicable a todos los regímenes mineros establecidos en la Ley de Minería, como la minería artesanal, pequeña, mediana y gran minería, así como al libre aprovechamiento de materiales de construcción para obras públicas.

 

Contenido o Disposición Principal

El nuevo Reglamento Ambiental de Actividades Mineras (RAAM) es una normativa de aplicación nacional que establece las bases para una minería sostenible en Ecuador. Designa al Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE) como la principal autoridad reguladora y controladora, con el apoyo de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD).

El reglamento enfatiza la responsabilidad civil, penal y administrativa de los titulares de derechos mineros (incluyendo sus contratistas) para prevenir, evitar y reparar cualquier impacto ambiental negativo. Se definen claramente los tipos de permisos ambientales requeridos para cada fase y escala de minería, desde la artesanal hasta la gran minería, con la exigencia de un registro ambiental o una licencia ambiental según la magnitud de la actividad.

Entre los requisitos clave para obtener estos permisos se encuentran: un Plan de Manejo Ambiental (especialmente para exploración con sondeos), la contratación de consultores ambientales calificados, un seguro o garantía financiera para cubrir responsabilidades ambientales, y la obligatoriedad de un proceso de participación ciudadana. También se establecen las condiciones para la actualización de permisos, el cambio de titular y la extinción de las autorizaciones, siempre con la prioridad de asegurar el cumplimiento ambiental y la reparación integral de posibles daños.

 

Implicaciones Prácticas o Destinatarios

La expedición del RAAM marca un hito en la gestión ambiental del sector minero en Ecuador. Establece un marco regulatorio más robusto y específico para garantizar que la actividad minera se desarrolle de manera responsable y sostenible. Los titulares de derechos mineros, desde artesanal hasta la gran minería, deberán adherirse estrictamente a estas nuevas directrices, lo que implica una mayor inversión en estudios de impacto ambiental, planes de manejo y garantías financieras. La coordinación interinstitucional y el papel de los GAD se refuerzan para una aplicación efectiva de la normativa. La ciudadanía se beneficiará de una mayor protección ambiental y de mecanismos claros para la reparación de daños.

Fuente: Registro Oficial Año l Segundo Suplemento No. 56 del 10 de junio de 2025.