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Registro Oficial del día: multas referentes a Ley Orgánica de Sistema Nacional de Contratación Pública

lunes, 10 de junio de 2024

En la Resolución No. 08-2024, La Corte Nacional de Justicia resolvió declarar como precedente jurisprudencial obligatorio, el siguiente punto de derecho: 

“Las multas a las que se refiere el inciso segundo del artículo 71 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública obedecen al ejercicio de la facultad coercitiva de la administración pública, cuyo fin es que el contratista corrija el retardo o el incumplimiento contractual acusado durante la ejecución. Su detección e imposición debe ser oportuna, razón por la cual, hacerlo de manera paralela a la terminación unilateral del contrato o posterior a ella acarrearía su ilegalidad”.

Revisa aquí el Registro Oficial 575 del 10 de junio del 2024.