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Registro Oficial del día: regulación de emisión de permisos de funcionamiento para establecimientos de salud
La Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (ACESS) expidió la Norma técnica para la emisión de permisos de funcionamiento de los establecimientos y servicios del Sistema Nacional de Salud. La regulación, emitida mediante Resolución ACESS-ACESS-2025-0044-R, fue publicada en el Registro Oficial Año l No. 200 del 9 de enero de 2026.
ACESS expide nueva normativa técnica con base en la Ley Orgánica de Salud
La normativa se fundamenta en los artículos 4, 6 y 233 de la Ley Orgánica de Salud, que asignan al Ministerio de Salud Pública y a sus entidades adscritas la competencia para autorizar, regular y controlar el funcionamiento de establecimientos de salud públicos y privados. La ACESS, como órgano técnico, detalla en esta norma los requisitos, procedimientos, plazos y condiciones para obtener o renovar los permisos de funcionamiento, conforme a lo dispuesto por el marco jurídico sanitario vigente.
Contenido de la norma técnica y requisitos para establecimientos
La norma establece que todo establecimiento de salud o servicio conexo debe cumplir con condiciones de infraestructura, equipamiento, talento humano, normativa técnica, y protocolos de atención, como requisito indispensable para la obtención del permiso anual. Además, se precisan criterios diferenciados según el tipo de prestador (público, privado, con o sin fines de lucro), así como mecanismos de verificación técnica y control posterior. El permiso tiene una vigencia de un año calendario y su renovación está sujeta a evaluaciones periódicas.
Ámbito de aplicación y entrada en vigencia de la resolución
La norma técnica es de obligatorio cumplimiento a escala nacional, para todos los actores del Sistema Nacional de Salud, incluidos hospitales, clínicas, centros médicos, consultorios, laboratorios y servicios complementarios. La resolución entró en vigor desde la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Su implementación está a cargo de la Dirección Técnica de Habilitación y Acreditación de la ACESS, en coordinación con las unidades desconcentradas de control.
Fuente: Registro Oficial Año I No. 200 del 09 de enero de 2026