LEXIS Noticias
Registro Oficial del día: Reforma el Reglamento General del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas
Se incluye un artículo después del artículo 89 del Reglamento General del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas:
Art. 89.1.- Donaciones o asignaciones no reembolsables a deportistas destacados.- Se faculta al ente rector de hábitat y vivienda, a realizar la entrega a título gratuito de una Vivienda de Interés Público, por una única ocasión a cada beneficiario, en condiciones de habitabilidad en favor de los deportistas destacados, certificados por el ente rector del deporte, para lo cual deberá contar obligatoriamente con la partida presupuestaria correspondiente.
El ente rector de hábitat y vivienda será el responsable del estricto cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios que exigen este tipo de transferencias de dominio, so pena de las responsabilidades civiles, administrativas y penales a las que hubiera lugar por el incumplimiento del ordenamiento jurídico aplicable a este caso.