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Registro Oficial del día: Reglamento para implementación y uso de salas de apoyo a lactancia materna en centros de trabajo

jueves, 12 de septiembre de 2024

El presente Acuerdo Interministerial tiene por objeto regular la adecuación y uso de las salas de apoyo a la lactancia materna, en los centros de trabajo público y privado.
    
Este Reglamento establece las competencias del Ministerio del Trabajo y del Ministerio de Salud para la verificación del cumplimiento de las disposiciones sobre la adecuación y uso de las salas de lactancia.
    
En el Sector Público, las Unidades de Administración de Talento Humano tiene la responsabilidad de establecer un listado de las posibles usuarias de las salas de apoyo a la lactancia materna; mantener un número pormenorizado de gestantes y en período de lactancia; y, controlar el funcionamiento y manejo de los equipos y bienes que se encuentran en las salas de lactancia materna.
    
En el sector privado, a través de las instancias competentes deberán: Mantener el registro del uso de las salas de apoyo a la lactancia materna; y, controlar el funcionamiento y el buen manejo de los equipos y bienes que implementen en las salas de lactancia materna.
    
El Ministerio del Trabajo notificará a la Contraloría General del Estado el incumplimiento de las disposiciones de este Instrumento por parte del sector público, para que se inicie la sanción correspondiente. En el sector privado los empleadores que incumplan este Reglamento, serán sancionados de acuerdo a la normativa legal vigente.

Revisa el Acuerdo Interministerial No. 2, promulgada en Registro Oficial No. 642 de 11 de septiembre del 2024.