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Registro Oficial del Día: SRI - Exención fiscal de organizaciones sin fines de lucro

jueves, 12 de septiembre de 2024

La circular NAC-DGECCGC24-00000006 emitida por el Servicio de Rentas Internas (SRI), dirigida a las instituciones de carácter privado sin fines de lucro, establece los requisitos que estas organizaciones deben cumplir para acceder a la exención del impuesto a la renta.

Según la circular, para beneficiarse de la exención fiscal, las organizaciones sin fines de lucro deben asegurar que al menos el 5% de sus ingresos anuales provengan de aportaciones o donaciones; estas pueden incluir aportes en dinero, especies, voluntariados o cooperación no reembolsable. Además, se especifica que los ingresos obtenidos por autogestión o actividades propias de la organización también se consideran aportaciones, siempre que se destinen a sus fines específicos.

El SRI se reserva el derecho de revisar la correcta aplicación de estas disposiciones, enfatizando la importancia de la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Revisa la circular en el Primer Suplemento del Registro Oficial No. 642 del 12 de septiembre de 2024.