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Reglamento a Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo
Bajo el Decreto Ejecutivo No. 333, firmado el 12 de julio de 2024, el presidente de la República expidió el Reglamento a la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo.
El presente Reglamento tiene por objeto establecer disposiciones que permitan la aplicación de la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo, así como la normativa reformada por la misma.
Las disposiciones del presente Reglamento serán aplicadas por las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, nacionales o extranjeras en el ámbito de sus atribuciones y competencias, domiciliados en el territorio ecuatoriano. Su aplicación será a nivel nacional con las excepciones que correspondan al Régimen Especial para la provincia de Galápagos.