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Sentencia 1271-18-EP/23: Caución arbitral en un proceso de acción de nulidad

miércoles, 15 de noviembre de 2023

Acción extraordinaria de protección (EP) presentada por la Procuraduría General del Estado (PGE) en contra de un auto con el que un Tribunal Arbitral rechazó a trámite las acciones de nulidad planteadas por dos entidades recurrentes porque “no rindieron caución suficiente” y dispuso no elevar el expediente para conocimiento de la Corte Provincial.

En el proceso de origen, un GAD fue demandado en sede arbitral por una persona que solicitó que se declare el incumplimiento de un contrato ante la falta de pago de los montos convenidos. Esta demanda fue aceptada, respecto de lo cual, tanto el GAD como la PGE presentaron acciones de nulidad y solicitaron la suspensión de la ejecución del laudo arbitral.

La Corte aceptó la EP y declaró la vulneración del derecho a la seguridad jurídica y a la tutela judicial efectiva, porque verificó que, a través del auto impugnado, el Tribunal Arbitral estableció requisitos no previstos en la ley para la concesión de la acción de nulidad propuesta por la PGE, porque el Tribunal calificó al pago de la caución fijada para suspender los efectos del laudo arbitral como un requisito fundamental para la concesión de las acciones de nulidad propuestas. Por lo tanto, estableció un requisito no previsto en el artículo 31 de la Ley de Arbitraje y Medicación (LAM) para la tramitación de la acción de nulidad, confundiéndola con el requisito para la suspensión de la ejecución del laudo.

Finalmente, la Corte dejó sin efecto el auto impugnado y, entre otras medidas, dispuso la remisión del expediente a la Corte Provincial con el fin de que resuelva la acción de nulidad propuesta por la PGE.

Revisa aquí la Sentencia 1271-18-EP/23

Fuente: Corte Constitucional del Ecuador