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Sentencia No. 1238-21-EP/23: mpliación del precedente de la sentencia No. 011-16-SIS-CC en lo referente al informe pericial

martes, 6 de junio de 2023

La Corte Constitucional desestimó una acción extraordinaria de protección presentada en contra de dos autos derivados de un proceso de cuantificación de la reparación económica ordenada en una acción de protección, y llevada a cabo por un Tribunal Distrital Contencioso Administrativo, porque no encontró vulneración a los derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso en las garantías de la motivación y cumplimiento de normas y derechos de las partes.

Entre varios aspectos, en lo principal, la Corte analizó el derecho a la seguridad jurídica, a partir de la alegación referente a que este derecho se habría vulnerado por la actuación del Tribunal Distrital Contencioso Administrativo en lo relacionado con los peritajes, y amplió el precedente contenido en la sentencia No. 011-16-SIS-CC, en lo que respecta al informe pericial.

Así, este Organismo estableció que, en caso de que se requiera un segundo informe pericial, el Tribunal Distrital Contencioso Administrativo aplicará las mismas reglas del primer informe y observará que en el segundo peritaje no existan errores técnicos o jurídicos en desmedro de los derechos de los beneficiarios de la reparación. Además, el Tribunal Contencioso Administrativo podrá realizar observaciones o solicitar aclaración, ampliación o corrección sobre el informe pericial fundamentado en la tutela judicial efectiva y en el ejercicio de la potestad jurisdiccional.

 

Revisa aquí el Sentencia No. 1238-21-EP/23

Fuente: Corte Constitucional del Ecuador