LX

Cargando...

LEXIS Noticias

Sentencia No. 1423-17-EP/22: garantía de observancia

domingo, 1 de enero de 2023

La Secretaría Técnica de Drogas (STD) presentó una acción extraordinaria de protección (EP) en contra de un auto emitido por el Tribunal Distrital Contencioso Administrativo (TDCA) que ordenó el pago de un monto por reparación económica derivada de una acción de protección (AP) cuya sentencia no dispuso dicha reparación.
 

Al respecto, la Corte Constitucional (CC) analizó el auto, señaló que el mismo podría generar un gravan irreparable y declaró la vulneración al debido proceso en la garantía de observancia del trámite propio de cada procedimiento, pues identificó que el TDCA no siguió la regla de trámite prevista en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC) aplicable al caso y procedió a sustanciar un proceso contencioso administrativo en el que estableció un monto a pagar por parte de la STD, cuando la sentencia principal no ordenó
reparación económica alguna y ya estaba plenamente ejecutada.
 

Como medidas de reparación la CC dispuso dejar sin efecto el proceso contencioso administrativo desde el auto que admitió a trámite la demanda. Además, señaló que, en el evento en el que la STD haya utilizado recursos públicos, dicho organismo deberá dar inicio a los procedimientos administrativos y judiciales correspondientes para recuperar los valores; y, que, el Consejo de la Judicatura (CJ) inicie las investigaciones administrativas correspondientes y difunda la sentencia.

Revisa la sentencia aquí.

FUENTE: Corte Constitucional del Ecuador