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Sentencia No. 27-20-AN/23: Incumplimiento en la creación del “Museo de la Memoria”

martes, 2 de mayo de 2023

La Corte Constitucional (CC) conoció las demandas presentadas por varias víctimas de violación de derechos humanos, y declaró el incumplimiento de la Disposición General Segunda de la Ley para la Reparación de las Víctimas y la Judicialización de Graves Violaciones de Derechos Humanos y Delitos de Lesa Humanidad Ocurridos en el Ecuador entre el 4 de octubre de 1983 y el 31 de diciembre de 2008, por parte del Ministerio de la Cultura y Patrimonio (el Ministerio). Esta disposición establecía la creación del "Museo de la Memoria".

La CC observó que el Ministerio no inició la creación del museo físico y, además, cambió la decisión por la creación de una plataforma virtual; al respecto, la Corte señaló que el museo físico tiene una función pedagógica, y representa un entorno simbólico de la transformación de lugares en donde se perpetraron vulneraciones de derechos humanos en espacios de memoria para conmemorar a las víctimas.

La CC realizó un llamado de atención a las autoridades del Ministerio por los 10 años transcurridos en incumplimiento; y, dispuso la creación y funcionamiento del Museo de la Memoria en el plazo de un año desde la notificación de la sentencia.

En su voto salvado, el juez Enrique Herrería Bonnet señaló que la obligación contenida en la disposición demandada no es expresa, por lo que, a su criterio, el voto de mayoría realizó una interpretación extensiva que rebasó el alcance de la acción por incumplimiento (AN). El juez aclaró que su voto salvado no desconoce en forma alguna la existencia de graves vulneraciones de derechos humanos y la obligación del Estado de repararlas.

Revisa aquí la Sentencia No. 27-20-AN/23

Fuente: Corte Constitucional del Ecuador