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Sentencia No. 780-18-EP/23: Derecho a la seguridad jurídica y el derecho a la propiedad en relación con un comiso penal a terceros

domingo, 2 de julio de 2023

Acción extraordinaria de protección (EP) presentada en contra de la sentencia de primera y segunda instancia, en el marco de un proceso penal. La compañía accionante alegó que la autoridad jurisdiccional vulneró sus derechos, por cuanto habría dictado como pena un comiso especial y la extinción de la persona jurídica, a pesar de que no la había vinculado como sujeto procesal. La Corte Constitucional analizó si en la sentencia de primera instancia se vulneró el derecho a la seguridad jurídica y, en consecuencia, el derecho a la propiedad. Asimismo, la Corte verificó si en la referida decisión se incumplió el ordenamiento jurídico vigente; y si, en consecuencia, se transgredió el derecho a la propiedad.

Sobre el primer punto, este Organismo concluyó que los jueces aplicaron el artículo 65 del Código Penal, al considerar que el bien decomisado fue de propiedad de los procesados al momento del cometimiento de los hechos delictivos y que su venta fue simulada. Sobre el segundo punto, la Corte concluyó que, si bien el objeto del comiso podría pertenecer a una tercera persona, no resultaba irrazonable ordenarlo porque la compañía era propiedad de los procesados al momento de cometerse el ilícito. Por lo tanto, la Corte desestimó los cargos presentados.

En su voto concurrente, la jueza Daniela Salazar Marín señaló que está de acuerdo con la decisión pero que difiere con el análisis, pues a diferencia de otros casos analizados por la Corte en los que se ha declarado el comiso penal de un bien de propiedad de un tercero ajeno al proceso, en este caso, el análisis del hecho delictivo estuvo atado al traslado de dominio. Por ende, concluyó que por las particulares circunstancias del caso, la declaración del comiso penal no se tradujo en una trasgresión a la propiedad.

 

Revisa aquí el Sentencia No. 780-18-EP/23

Fuente: Corte Constitucional del Ecuador