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SRI anuncia ampliación del plazo para declaraciones tributarias del 12 de agosto
El Servicio de Rentas Internas (SRI) publicó la resolución para ampliar el plazo de cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes al lunes 12 de agosto de 2025, NAC-DGERCGC25-00000020. La medida fue anticipada mediante un comunicado oficial, en respuesta a circunstancias que impidieron el cumplimiento oportuno de las declaraciones por parte de los contribuyentes.
Sustento legal para la ampliación de plazos tributarios
La posibilidad de modificar plazos para declaraciones tributarias se encuentra contemplada en el artículo 137 del Código Tributario, que faculta a la Administración Tributaria a establecer, mediante resolución, condiciones especiales en caso de fuerza mayor o situaciones excepcionales.
Asimismo, el SRI puede expedir resoluciones de carácter general en virtud de lo dispuesto en el artículo 7 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, siempre que se sustenten en razones técnicas, operativas o de servicio público.
Alcance de la prórroga anunciada por el SRI
La resolución NAC-DGERCGC25-00000020 amplia el plazo originalmente previsto para el 12 de agosto de 2025. La medida beneficia a contribuyentes cuyo noveno dígito del RUC o cédula coincida con la fecha de vencimiento y que estén obligados a presentar declaraciones mensuales como el IVA, retenciones en la fuente, ICE y otras.
Aplicabilidad y advertencia para los contribuyentes
La ampliación aplicará únicamente a las obligaciones cuyo vencimiento estaba fijado para el lunes 12 de agosto de 2025. El resto de fechas del calendario fiscal se mantienen sin cambios, conforme a la normativa vigente.
Fuente: Primicias