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Superintendencia de Compañías habilita facilidades de pago para la contribución societaria 2025
La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) anunció la habilitación de facilidades de pago para la contribución societaria correspondiente al ejercicio fiscal 2025. Las empresas con activos superiores a USD 100 000 podrán acceder a mecanismos como pagos fraccionados sin intereses o convenios con plazos de hasta 12 meses.
Contexto legal del hecho
La contribución societaria se encuentra regulada por la Ley de Compañías, particularmente en sus artículos 20 y 429. Esta normativa establece la obligación de las compañías activas en el país de presentar sus estados financieros del ejercicio económico anterior durante el primer cuatrimestre de cada año. Sobre esta base, la Superintendencia calcula el valor correspondiente a pagar por cada sociedad.
El artículo 429 también contempla el tratamiento para holdings, permitiendo el cálculo de la contribución sobre estados financieros consolidados. En el caso de compañías extranjeras domiciliadas en Ecuador, la contribución se determina con base en los activos registrados únicamente dentro del territorio nacional.
Contenido o disposición principal
La SCVS indicó que la contribución societaria para 2025 se generará automáticamente una vez que las empresas presenten sus estados financieros de 2024. El pago podrá realizarse mediante diferentes modalidades habilitadas:
Presencial: en ventanillas del Banco del Pacífico y Banco Guayaquil, en efectivo o cheque certificado.
Electrónica: a través del botón de pagos de la página web institucional (con tarjetas Diners o Banco Pichincha) o mediante banca virtual de Banco del Pacífico (Intermático) y Banco Guayaquil.
Las facilidades de pago anunciadas son:
Beneficio 50/50: permite cancelar el 50 % de la obligación hasta el 30 de septiembre de 2025 y el 50 % restante hasta el 31 de diciembre de 2025, sin intereses. Se requiere solicitud previa en línea.
Convenios de pago: permiten diferir la obligación hasta en 12 cuotas mensuales, con intereses incluidos.
Implicaciones prácticas o destinatarios
Estas disposiciones están dirigidas a todas las compañías activas en Ecuador con activos mayores a USD 100 000. También aplican a holdings y sucursales de compañías extranjeras que operen en el país. La implementación de estas facilidades busca aliviar la carga financiera de las sociedades y fomentar el cumplimiento voluntario y oportuno de sus obligaciones ante la SCVS.
La presentación de estados financieros y el cumplimiento de la contribución son requisitos esenciales para mantener la vigencia legal y operativa de las compañías bajo supervisión de la Superintendencia.
Fuente: El Telegrafo