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Superintendencia emite normativa para transferencias nacionales e internacionales de datos personales

jueves, 31 de julio de 2025

La Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP) expidió la Resolución Nº SPDP-SPD-2025-0024-R, que establece la Normativa General para la Aplicación de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP) y su Reglamento en materia de transferencias o comunicaciones de datos personales, tanto nacionales como internacionales.

 

Alcance y objetivos de la normativa

La normativa tiene como propósito garantizar la correcta aplicación de los capítulos V y IX de la LOPDP, así como de los capítulos V y XII de su Reglamento, que regulan las transferencias de datos personales a nivel local e internacional. Está dirigida a todos los integrantes del sistema de protección de datos personales, tal como lo define el artículo 5 de la LOPDP, que realicen comunicaciones o transferencias de datos de este tipo.

Principales disposiciones

  • Armonización normativa: Las transferencias internacionales de datos personales deberán cumplir simultáneamente las disposiciones del Capítulo V y del Capítulo IX de la LOPDP, así como las normas concordantes del Reglamento General.

  • Aplicación integral: Toda transferencia o comunicación, ya sea nacional o internacional, queda sujeta a los principios de legalidad, protección al titular y respeto a las garantías previstas por la LOPDP.

  • Vigencia inmediata: La resolución rige desde su suscripción el 25 de julio de 2025, sin perjuicio de su posterior publicación en el Registro Oficial.

Fuente: Resolución Nº SPDP-SPD-2025-0024-R