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Trámites e impuestos que deben cumplirse en Ecuador desde enero de 2026
Desde el 5 de enero de 2026, se activan en Ecuador diversas obligaciones tributarias y administrativas a cargo de personas naturales y jurídicas. Entre los trámites habilitados constan el pago de impuestos prediales, la declaración del IVA, la matrícula vehicular y el registro de patentes municipales, conforme a los cronogramas establecidos por las autoridades competentes.
Municipios habilitan pago de impuesto predial y contribuciones
A partir del 1 de enero, los gobiernos autónomos descentralizados municipales iniciaron el cobro del impuesto predial urbano y rural, así como de contribuciones especiales de mejoras. En ciudades como Guayaquil, las ventanillas físicas comenzaron a operar desde el 5 de enero, mientras que los canales virtuales estuvieron activos desde los primeros días del año, permitiendo a los propietarios realizar el pago sin recargos.
Contribuyentes deben declarar IVA y pagar patentes municipales
Los contribuyentes obligados al régimen general deben presentar la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente al mes de diciembre de 2025, dentro de los plazos fijados por el Servicio de Rentas Internas (SRI). Además, las personas naturales y jurídicas que ejercen actividades económicas permanentes deben renovar sus registros y cancelar el valor anual de la patente municipal ante el cabildo correspondiente.
Calendario de matriculación vehicular rige desde febrero
La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) habilitó el sistema para el proceso de matriculación vehicular 2026, el cual se inicia en febrero de acuerdo con el último dígito de la placa. Los vehículos terminados en 1 deben matricularse en febrero, y así sucesivamente hasta noviembre. El proceso incluye la revisión técnica vehicular y el pago de valores asociados, bajo responsabilidad de las entidades municipales de tránsito.
Trabajadores pueden solicitar acumulación de décimos
En el ámbito laboral, los trabajadores bajo relación de dependencia tienen plazo hasta mediados de enero para presentar la solicitud de acumulación del décimo tercero y décimo cuarto sueldo. Este trámite debe realizarse directamente ante el empleador, en cumplimiento de lo dispuesto por el Código del Trabajo y sus reglamentos.
Fuente: Primicias